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Autor Pilar Travesedo de Castilla |
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La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016. Un giro jurisprudencial para tumbar la doctrina del Tribunal Supremo sobre la retroactividad parcial de la declaración de abusividad de las cláusulas suelo / Pilar Travesedo de Castilla in Revista de derecho UNED, Núm. 21 (2017)
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Títol : La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016. Un giro jurisprudencial para tumbar la doctrina del Tribunal Supremo sobre la retroactividad parcial de la declaración de abusividad de las cláusulas suelo Tipus de document : text imprès Autors : Pilar Travesedo de Castilla, Autor Data de publicació : 2018 Idioma : Castellà (spa) Classificació : 347.778 Dret del consum. Defensa de consumidors Resum : El Tribunal Supremo en sentencias de Pleno núm. 241/2013 de 9 de mayo de 2013 y núm. 139/2015 de 25 de marzo del 2015 declaró nulas por abusivas las cláusulas suelo incluidas en unos contratos de préstamo hipotecario suscritos con consumidores, si bien limitó el derecho del consumidor a la restitución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula abusiva a partir de su Sentencia de 9 de mayo de 2013. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su reciente sentencia de 21 de diciembre de 2016 (asuntos acumulados C154/15 y C307/15), ha declarado que la doctrina del Tribunal Supremo que limita el efecto retroactivo de la declaración de nulidad por abusividad de las cláusulas suelo incluidas en contratos suscritos por consumidores, es contraria a la Directiva 93/13/CEE de 5 de abril. Esta sentencia del TJUE supone un giro jurisprudencial de su doctrina sobre los efectos de la declaración de abusividad al amparo del artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE, ya que hasta la fecha no había interpretado el concepto de «no vinculación» como una restitutio in integrum, esto es, con una eficacia ex tunc. Hasta el dictado de esta sentencia, el TJUE venía declarando que la sanción de nulidad contenida en una normativa nacional que determinaba el cese del uso de dichas cláusulas cumplía con las exigencias del artículo 6, correspondiendo a cada Estado, «en las condiciones estipuladas por sus derechos nacionales», extraer las consecuencias de la comprobación de dicho carácter abusivo, ya que la función de la Directiva no era la de perseguir la armonización de las sanciones aplicables en el supuesto de la declaración del carácter abusivo de una cláusula, sino la existencia de medios adecuados y eficaces para el cese en el uso de las mismas en los contratos celebrados con consumidores. En esta sentencia el TJUE da una nueva interpretación al artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE para fundamentar la revocación de las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y 25 de marzo de 2015, en cuanto a su doctrina sobre la limitación del efecto retroactivo de la declaración de nulidad, doctrina que, como argumentamos en este artículo, no se oponía a esta Directiva comunitaria ni a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Enllaç al recurs electrònic : http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:RDUNED-2017-21-5075/Travesedo.pdf Permalink : http://icat.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10119
in Revista de derecho UNED > Núm. 21 (2017)[article] La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016. Un giro jurisprudencial para tumbar la doctrina del Tribunal Supremo sobre la retroactividad parcial de la declaración de abusividad de las cláusulas suelo [text imprès] / Pilar Travesedo de Castilla, Autor . - 2018.
Idioma : Castellà (spa)
in Revista de derecho UNED > Núm. 21 (2017)
Classificació : 347.778 Dret del consum. Defensa de consumidors Resum : El Tribunal Supremo en sentencias de Pleno núm. 241/2013 de 9 de mayo de 2013 y núm. 139/2015 de 25 de marzo del 2015 declaró nulas por abusivas las cláusulas suelo incluidas en unos contratos de préstamo hipotecario suscritos con consumidores, si bien limitó el derecho del consumidor a la restitución de las cantidades pagadas en virtud de la cláusula abusiva a partir de su Sentencia de 9 de mayo de 2013. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su reciente sentencia de 21 de diciembre de 2016 (asuntos acumulados C154/15 y C307/15), ha declarado que la doctrina del Tribunal Supremo que limita el efecto retroactivo de la declaración de nulidad por abusividad de las cláusulas suelo incluidas en contratos suscritos por consumidores, es contraria a la Directiva 93/13/CEE de 5 de abril. Esta sentencia del TJUE supone un giro jurisprudencial de su doctrina sobre los efectos de la declaración de abusividad al amparo del artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE, ya que hasta la fecha no había interpretado el concepto de «no vinculación» como una restitutio in integrum, esto es, con una eficacia ex tunc. Hasta el dictado de esta sentencia, el TJUE venía declarando que la sanción de nulidad contenida en una normativa nacional que determinaba el cese del uso de dichas cláusulas cumplía con las exigencias del artículo 6, correspondiendo a cada Estado, «en las condiciones estipuladas por sus derechos nacionales», extraer las consecuencias de la comprobación de dicho carácter abusivo, ya que la función de la Directiva no era la de perseguir la armonización de las sanciones aplicables en el supuesto de la declaración del carácter abusivo de una cláusula, sino la existencia de medios adecuados y eficaces para el cese en el uso de las mismas en los contratos celebrados con consumidores. En esta sentencia el TJUE da una nueva interpretación al artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE para fundamentar la revocación de las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y 25 de marzo de 2015, en cuanto a su doctrina sobre la limitación del efecto retroactivo de la declaración de nulidad, doctrina que, como argumentamos en este artículo, no se oponía a esta Directiva comunitaria ni a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Enllaç al recurs electrònic : http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:RDUNED-2017-21-5075/Travesedo.pdf Permalink : http://icat.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=10119